La Ley exige para poder demandar, previamente un Acta de Conciliación Extrajudicial de:
Uno de los requisitos para iniciar el trámite del Divorcio es liquidar los bienes conyugales, estableciendo cuales son los bienes de la sociedad conyugal y dividirlos conforme a ley o en los porcentajes que ambos cónyuges acuerden.
En la liquidación los cónyuges tienen varias alternativas, mencionamos algunos: se adjudican a cada uno el 50% del o los bienes inmuebles, o en su defecto, adjudicar el porcentaje %, que convengan, según la realidad de cada familia y la ley. En cuanto a los detalles específicos, es necesaria la revisión de la solicitud y sus documentos probatorios, antes de iniciar el procedimiento conciliatorio.
Son las facultades que brinda una persona natural o jurídica a otra persona de su total confianza. El abogado elabora y autoriza una minuta, que luego mediante un notario público, es inscrita ante SUNARP. La representación emana de la ley, el representante legal es aquella persona natural o jurídica para un procedimiento de conciliación extrajudicial. Este representante concurre o celebra el acuerdo total o parcial, protegiendo los intereses de la persona a quien representa.
Sujetos del poder: En ambos casos, en la inscripción registral, tendrá que figurar o indicar textualmente las facultades para asistir a la audiencia de conciliación extrajudicial, disponer del derecho, proponer, renunciar y aceptar fórmulas conciliatorias, acordar, ceder, fijar montos.
Para divorciarse de un matrimonio registrado en Perú, residiendo uno de los cónyuges en el extranjero. Los consulados peruanos no emiten divorcios. Se le exige que tenga residencia habitual en cualquier parte del mundo, debiendo acreditarlo mediante certificado de movimiento migratorio.
Si el divorcio es por mutuo acuerdo, es una vía más rápida. No se necesita viajar al Perú.
Se podrá otorgar este poder por Escritura Pública, mediante el consulado de Perú, en el país que reside, a favor de un abogado o persona de confianza.
El poder debe contener las facultades específicas para representarte en el proceso de separación y divorcio, y en este caso específico, si hubiese hijos menores de edad y bienes en común dentro del matrimonio. El poder tendrá que estipular textualmente, la representación para que pueda participar en audiencias de conciliación extrajudicial. A fin de que se acuerde la pensión de alimentos, tenencia, régimen de visitas y liquidación de bienes.
Casos donde se necesita otorgamiento de poder solo por escritura pública:
Para poder llevar una conciliación extrajudicial, la ley peruana exige la presencia física de las partes, de forma obligatoria. El uso de poder por Escritura Pública, es una excepción que solo se acepta para poder conciliar, en estos 4 casos específicos: